martes, 3 de mayo de 2011

La Legislatura tratará proyecto de ley que beneficia a deudores hipotecarios

En la próxima sesión la Legislatura Rionegrina tratará el proyecto presentado por el Legislador Enrique Muena (Victoria Popular) que establece procedimientos para que el juez competente en ejecuciones hipotecarias judiciales o extrajudiciales practique liquidación del total adeudado antes de la subasta o del desapoderamiento del deudor, a fin de cancelar la deuda sin la pérdida de la vivienda única familiar. Se trata del proyecto 334/10 que tiene como objetivo encontrar una solución a la crítica situación por la que atraviesan muchas familias rionegrinas cuyo sueño de “la casa propia” se transformó en una abultada deuda hipotecaria que, de no mediar la intervención oficial, terminará en la mayoría de los casos, en largos procesos judiciales con posibilidades de pérdida de la vivienda única y familiar. El legislador viene trabajando esta iniciativa desde hace más de 3 años pero no había podido lograr la aprobación en las comisiones para el tratamiento en el recinto de esta problemática que involucra a gran cantidad de rionegrinos. En el día de hoy la Comisión de Constitucionales y Legislación aprobó el proyecto y pasará a ser tratado en la próxima sesión. Enrique Muena participó de los festejos del 109° aniversario de San Carlos de Bariloche junto al candidato a Gobernador por la Unión Cívica Radical, César Barbeito. En esa oportunidad en declaraciones a Radio Seis sobre el proyecto sobre deudores hipotecarios reconoció la labor de Miguel Ardanaz, un vecino rionegrino que ha acompañado esta lucha para que no se rematen las casas de muchos vecinos de esta provincia. Entre los fundamentos del proyecto se manifiesta que la crisis económica y social que arreció en nuestro país desde mediados de los `90, afectó la producción y el trabajo de una manera tan contundente que sus secuelas aún llegan a nuestros días, a pesar de la importante recuperación del crecimiento de la economía nacional y niveles de empleo actuales. Quienes entonces tenían ingresos familiares para adquirir una vivienda digna y lo hicieron tomando créditos hipotecarios sobre su casa, quedaron expuestos a su pérdida, al caer bruscamente esos ingresos y entrar en mora en el pago de los mismos, lo que configura un panorama social delicado, puesto que el empobrecimiento de los sectores medios es un dato central de la secuela de la crisis. Al quedar en mora, caducaron los plazos y se aplicaron intereses punitorios, así como su capitalización, todo lo cual implicó el agravamiento del monto con que podrían rescatar su vivienda. Resulta necesario reglar un procedimiento que contribuya a resolver el problema desde el punto de vista jurídico, estableciendo como condición previa de la sentencia de remate, la liquidación del total de la deuda antes de la subasta o el desapoderamiento, la revisión del anatocismo como parte del capital reclamado, permitiendo al Juez actuar de oficio y, que en la liquidación se establezca un límite a la tasa de interés, que no supere la vigente al promedio de la tasa de interés utilizada por el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones habituales de descuento. Es necesario tener en consideración al momento de la liquidación, que las cuotas de amortización de capital e intereses no podrán exceder el veinticinco por cinco por ciento (25%) del ingreso familiar del deudor y ésta se tomará como base para la refinanciación por parte del acreedor a los efectos de extender los plazos de la obligación original. La temática de la vivienda familiar trasciende la situación individual por su importancia social y su íntima vinculación con el desarrollo humano integral; por lo que es necesario incorporar en forma operativa las normas que den cumplimiento a los principios constitucionales del artículo 14 bis y los Tratados Internacionales de Derechos Humanos aprobados por el artículo 75 inciso 22) de la Carta Magna.

Prensa del Partido Victoria Popular San Carlos de Bariloche, martes 3 de mayo 2011

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